El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, mediante Boletín No. 53-2024, comunicó lo siguiente:
Considerando la importancia de privilegiar el derecho fundamental a la buena administración pública, que permita controlar y facilitar la relación entre los Administrados y la Administración Tributaria, por lo cual, bajo el principio de coordinación de las administraciones públicas del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), y el Servicio de Rentas Internas (SRI) en calidad de administrador del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de esta forma con el pronunciamiento del SRI, se ejecutará la vigencia del IVA al 13% de forma coordinada y conjunta a partir del 01 de abril del 2024.
A los administrados que en el lapso de hoy realizaron las declaraciones de importación, satisfaciendo un pago por IVA diferente al 12%, excepto aquellas importaciones inmersas en los presupuestos legales del artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno, se procederá de oficio a realizar las notas de crédito respectivas.
Con lo presente, se deja sin efecto la publicación del Boletín SENAE No. 53-2024.
Esta comunicación se realiza con el fin de mantenerlos informados y asegurar una correcta aplicación de las disposiciones tributarias.
Quedamos atentos ante cualquier consulta adicional y agradecemos su atención.
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