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Gobierno Nacional simplifica el proceso de exportación mediante la Declaración en Factura

El Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (Mpceip) informa que a partir del 22 de diciembre de 2023, han entrado en vigencia las modalidades de exportador autorizado y declaración en factura en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) y el Sistema Informático de Gestión de Certificación de Origen (SIGCO). Estas innovaciones tecnológicas se aplican en acuerdos comerciales con la Unión Europea, la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA) y el Reino Unido.

Este avance tecnológico agiliza la verificación del origen para exportadores previamente calificados según la normativa, permitiéndoles autocertificar el origen las 24 horas del día. Esto simplifica trámites y refuerza la competitividad de las exportaciones ecuatorianas. La eliminación de formularios preimpresos es parte integral de esta transformación, facilitando en general las operaciones de comercio exterior.

Es crucial destacar que estas herramientas están exclusivamente disponibles para los exportadores autorizados que hayan obtenido la calificación otorgada por el Mpceip, conforme a los requisitos de los acuerdos comerciales. Además, su aplicación se restringe a socios comerciales específicos con los que se haya acordado su implementación.

Requisitos para la la calificación de exportador autorizado y la declaración de factura

Los requisitos principales para obtener la calificación de exportador autorizado incluyen presentar la solicitud en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE). Haber realizado al menos tres exportaciones, con un valor superior a USD 1,000,000 para el acuerdo comercial y las subpartidas arancelarias específicas en el año fiscal anterior a la solicitud, o seis exportaciones sin un valor mínimo. Además de no haber cancelado la Declaración Juramentada de Origen (DJO) en los últimos doce meses anteriores a la solicitud; y contar con un sistema de facturación electrónica.

Es fundamental mencionar que el exportador puede elegir entre tramitar una prueba de origen mediante un certificado de origen convencional EUR.1. El cual es aplicable a los acuerdos comerciales mencionados anteriormente, o al registrarse como exportador autorizado y solicitar la autocertificación a través de la declaración en factura.

Consultas técnicas

Para consultas, asistencia técnica o comentarios sobre estos procesos, se ha habilitado el correo institucional declaracionenfactura@produccion.gob.ec. Este medio será atendido por personal técnico especializado de la Dirección de Supervisión, Verificación y Certificación de Origen.

Fuente

Ministerio de Producción Comercio Exterior Inversiones y Pesca

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